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La jubilación, una nueva realidad para las personas con discapacidad intelectual

El aumento de la esperanza de vida y la incorporación al mercado laboral de las personas con discapacidad intelectual de los últimos 20 años ha provocado un cambio en el perfil del demandante de esta prestación económica.

Down Madrid ha lanzado una guía sobre jubilación contributiva de personas con discapacidad intelectual ante las previsiones de solicitudes de los próximos años. El aumento de la esperanza de vida de este sector de la población y su incorporación al mercado laboral en los últimos 20 años ha llevado a que cada vez vaya siendo mayor el número de personas con síndrome de Down u otra discapacidad intelectual a las que les quedan pocos años para poder jubilarse.

El documento, que ha sido elaborado por la Comisión de Vida Adulta y Envejecimiento de la entidad con el apoyo de Fundación ONCE, aborda los derechos y las obligaciones que tienen los trabajadores con discapacidad intelectual para recibir una pensión de jubilación contributiva, una de las preocupaciones crecientes entre los familiares de personas con discapacidad intelectual.

“Ahora es cuando a los familiares y a los propios trabajadores nos hacía falta una guía que nos pudiera contestar a las múltiples dudas que nos van surgiendo, como la edad en que se pueden jubilar, qué requisitos tienen que cumplir o cuál será el importe que les quedará”, ha indicado Lydia Plana, madre de un hijo con 47 años, ante la cercanía de las primeras jubilaciones.

Tras un año de trabajo, la Comisión de Vida Adulta de Down Madrid, compuesta por familiares de personas mayores con discapacidad intelectual, ha culminado con un texto que pretende servir de pauta a aquellas personas que puedan encontrarse en poco tiempo en esta situación o que a futuro puedan necesitar consultar alguno de los aspectos recogidos. “Nos parecía un tema interesante no solo para el momento inmediato, sino para los años previos”, ha argumentado el coordinador de Vida Adulta y coautor de la guía, Jorge González.

En este sentido, González ha aclarado que “existía alguna guía específica al respecto, pero no estaba actualizada, por lo que empezaron a desarrollar un documento que aglutinase la diferente legislación existente. Además, a través de casos prácticos, resolver dudas específicas acerca de la jubilación contributiva de personas con discapacidad intelectual”.

Las principales preocupaciones

Cuál es la normativa específica para personas con discapacidad, qué efectos tiene la valoración de la dependencia en la jubilación o si influye la jornada laboral en el cálculo del periodo de cotización son algunas de las cuestiones que responde esta guía, disponible en la página web de Down Madrid, y que cuenta, además, con un documento complementario que recoge los puntos clave de esta prestación económica.

Al igual que las personas sin discapacidad, un requisito “indispensable” para poder acceder a esta prestación económica es haber cotizado un mínimo de 15 años en jornada completa o parcial a la Seguridad Social y al menos dos años de este total previamente a la fecha de jubilación.

“Esta cuestión era muy necesaria explicarla porque había mucha confusión en las familias. La mayoría de las personas con discapacidad intelectual tienen sueldos más bajos al realizar un trabajo de jornada parcial, sin embargo, desde julio del 2019, el tipo de jornada no influye en el importe que le queda a la persona en la jubilación”, ha precisado González.

Por otro lado, con la revisión de la legislación, la entidad ha matizado que, en el caso de personas con discapacidad, la edad mínima de acceso a la jubilación (65 y años y 10 meses) puede anticiparse justificando el grado, igual o superior al 45%, y el tipo de discapacidad, según el Real Decreto de la Ley de la Seguridad Social de 2009 o el Real Decreto de 2003, por el que se establecen coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los trabajadores que acrediten un grado importante de discapacidad.

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