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La Ley de Enjuiciamiento Criminal contemplará la adaptación de los procesos judiciales para las personas con discapacidad intelectual

El anteproyecto de la futura norma incluye un capítulo específico a la persona encausada con discapacidad, en el que se reconoce la necesidad de adaptar los procedimientos y establecer medidas específicas de apoyo a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo.

El anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluye la adaptación de los procesos judiciales para las personas con discapacidad intelectual, según ha dado a conocer Plena inclusión España, que, junto a Cermi, se ha reunido con el Ministerio de Justicia.

Así, en el texto de la futura norma, se contempla un capítulo específico a la persona encausada con discapacidad, en el que se reconoce la necesidad de adaptar los procedimientos y establecer medidas específicas de apoyo a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo.

Esta era una de las reivindicaciones históricas de Plena inclusión, que se materializó en la presentación, ante el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas, de una comunicación individual por vulneraciones al derecho de acceso a la justicia de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo procesadas.

“Reconocemos el esfuerzo que se ha hecho desde el Ministerio de Justicia para atender nuestras demandas y agradecemos la buena disposición de sus representantes a escuchar nuestras propuestas”, asegura Inés de Araoz, coordinadora del Área Jurídica de Plena inclusión España y autora de las aportaciones.

Entre esas propuestas estaba adaptar la definición de discapacidad al enfoque de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad; incorporar la obligación de garantizar la accesibilidad en todas las actuaciones del procedimiento judicial; incluir el concepto de necesidades de apoyo y reconocimiento del derecho a los ajustes de procedimiento como parte del derecho a un juicio justo; y apoyar la toma de decisiones y lograr el pleno desenvolvimiento jurídico de la persona en condiciones de igualdad, asegurando que las personas que presten apoyo actúen atendiendo a la voluntad, deseos y preferencias de quien lo requiera.

Psicólogo forense

Asimismo, esta entidad pedía habilitar equipos multidisciplinares de facilitadores para la determinación de necesidades de apoyo y provisión de ajustes de procedimiento y colaboración con el resto de operadores jurídicos; asumir la necesidad de revisión de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la regulación de la figura del psicólogo forense; y asegurar que los y las profesionales de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) tengan formación específica en materia de discapacidad y psicología del testimonio.

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