El anteproyecto de la futura norma incluye un capítulo específico a la persona encausada con discapacidad, en el que se reconoce la necesidad de adaptar los procedimientos y establecer medidas específicas de apoyo a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo.
El anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluye la adaptación de los procesos judiciales para las personas con discapacidad intelectual, según ha dado a conocer Plena inclusión España, que, junto a Cermi, se ha reunido con el Ministerio de Justicia.
Así, en el texto de la futura norma, se contempla un capítulo específico a la persona encausada con discapacidad, en el que se reconoce la necesidad de adaptar los procedimientos y establecer medidas específicas de apoyo a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo.
“Reconocemos el esfuerzo que se ha hecho desde el Ministerio de Justicia para atender nuestras demandas y agradecemos la buena disposición de sus representantes a escuchar nuestras propuestas”, asegura Inés de Araoz, coordinadora del Área Jurídica de Plena inclusión España y autora de las aportaciones.
Entre esas propuestas estaba adaptar la definición de discapacidad al enfoque de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad; incorporar la obligación de garantizar la accesibilidad en todas las actuaciones del procedimiento judicial; incluir el concepto de necesidades de apoyo y reconocimiento del derecho a los ajustes de procedimiento como parte del derecho a un juicio justo; y apoyar la toma de decisiones y lograr el pleno desenvolvimiento jurídico de la persona en condiciones de igualdad, asegurando que las personas que presten apoyo actúen atendiendo a la voluntad, deseos y preferencias de quien lo requiera.
Psicólogo forense
Asimismo, esta entidad pedía habilitar equipos multidisciplinares de facilitadores para la determinación de necesidades de apoyo y provisión de ajustes de procedimiento y colaboración con el resto de operadores jurídicos; asumir la necesidad de revisión de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la regulación de la figura del psicólogo forense; y asegurar que los y las profesionales de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) tengan formación específica en materia de discapacidad y psicología del testimonio.