El Tribunal Supremo vela por los derechos de las personas con movilidad reducida en las gasolineras
Tras la unión de las patronales de estaciones de servicios, sindicatos y el CERMI para lograr que las gasolineras sean atendidas y seguras y así garantizar los derechos de las personas con movilidad reducida.
La Agrupación Española de Vendedores al por Menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR) ha celebrado que el Tribunal Supremo sentencie favorablemente sobre la puesta en marcha de la ITC-04 y así “defienda la seguridad de los consumidores en las Estaciones de Servicio”.
El presidente de esta entidad, Alejandro Ripoll, ha asegurado que “tanto AEVECAR como el resto de asociaciones del sector comprometidas con el empleo y la seguridad de los consumidores son conscientes de que queda mucho camino por recorrer y mejorar pero en este caso lo primordial era asegurar el buen servicio de todas y cada una de las estaciones de servicio”.
La ITC-04 es una norma que regula la seguridad industrial en las instalaciones de suministro de carburante al por menor y limita el repostaje en régimen desatendido a 75 litros y tres minutos.
Este fallo llega tras la unión de las organizaciones patronales de Estaciones de Servicio AEVECAR y CEEES; elCERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) y los sindicatos UGT y CCOO para defender las estaciones de servicios atendidas y seguras, y velar así por los derechos de las personas con movilidad reducida.
De hecho, en declaraciones a Vidas Insuperables, Víctor García Nebreda, Secretario General de AEVECAR, aseguraba que “las gasolineras desatendidas merman los derechos de las personas con discapacidad. Los clientes no pueden ejercer de operarios”.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) reclamaba que la Comisión Europea prohíba que las estaciones de servicio puedan estar en funcionamiento sin personal de atención, ya que se trata de un modelo de negocio que excluye a las personas con discapacidad y con movilidad reducida, “porque convierte forzosamente a los clientes que desean repostar su vehículo en operarios”.
Esta entidad asegura que la existencia de estaciones de servicio desatendidas, que ponen trabas al derecho al libre movimiento de las personas con discapacidad, ya que no existe personal que pueda prestar apoyo y asistencia a estos conductores”.
Para el CERMI, “la ‘Europa social’ en la que creemos no puede permitirse que una parte muy importante de su ciudadanía quede privada del principio de la libre circulación de personas como consecuencia de una normativa que abandona a las personas con discapacidad y no protege sus derechos”.